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miércoles, 14 de agosto de 2013

SOBRE EL ASESINATO DE TREVON MARTIN

JUSTICIA AL REVÉS.
Por Pablo LLabre Raurell.
Jabaylla@yahoo.com

Según Lewis Caroll, la reina explicó a Alicia cómo funciona la justicia en el País de las Maravillas: “Ahí lo tienes –dijo la reina– está encerrado en la cárcel cumpliendo su condena, pero el juicio no empezará hasta el próximo miércoles; Y, por supuesto, el crimen será cometido al final“.

¿Puede estar parada sobre sus pies la justicia en un mundo al revés?

La sentencia absolutoria dictada por un jurado de la Florida en el controversial caso de George Zimmerman, acusado del homicidio del menor afro-norteamericano, Trevon Martin, nos recuerda la dramática frase -sobre la justicia- expresada por Madame Rolland: “…cuantos crímenes se cometen en tu nombre“.

Pero, ¿no deben marchar siempre juntos justicia y sentido común? La absolución de Zimmerman, a pesar de las evidencias presentadas por la Fiscalía en el juicio -el que de acuerdo a la mejor tradición del sistema judicial norteamericano se efectuó en la prensa antes que en el tribunal- muestran lo contrario. 

Ante un homicidio, la absolución se puede lograr por Trastorno Mental transitorio o permanente del acusado o la Legítima Defensa. En el presente caso el jurado acogió la segunda opción. Pero desde los tiempos de la antigua Roma hasta nuestro días, los Principios Generales de Derecho informan que la Legítima Defensa -como toda institución jurídica- tiene requisitos para su aplicación: La agresión de la que se defiende el acusado debe ser inminente, injusta y no provocada por él, y el medio de defensa utilizado debe ser racional o proporcional a la agresión. Además, de existir un estado de riña o mutuo acometimiento -como en el presente- se excluye su aplicación. Un repaso de los acontecimientos evidencia la ausencia de estos elementos.

De acuerdo a los hechos, Zimmerman trabajaba como guardia de seguridad en el lugar y al ver a Trevon cruzar el parqueo del complejo de apartamentos, llamó al número 911, pero le ordenaron permanecer dentro de su auto y no perseguir al joven. Trevon visitaba a su padre, que vivía en el edificio. El acusado desobedeció las instrucciones del 911 y siguió a la víctima. El joven se sintió acosado por la actitud del acusado, discutió con él, y se fueron a las manos. Trevon se encontraba desarmado.

Según la versión del acusado, durante la pelea ambos cayeron al suelo, Trevon quedó encima y comenzó a golpear su cabeza contra el suelo, por lo que al sentir que estaba ante un grave peligro, extrajo su revólver y efectuó el disparo mortal.

De acuerdo a las evidencias surgidas durante el proceso, se supo que: al llegar la policía a la escena del crimen llevaron al acusado a su domicilio antes que al recinto policial y lo dejaron cambiarse de ropas. El video de vigilancia recogido en la estación de policía al entrar el acusado no refleja en su rostro las heridas que posteriormente exhibe. Un peritaje médico certificó que los hematomas en la cabeza del acusado no se corresponden con su versión de los hechos. La reyerta que originó el desenlace fatal la provocó el acusado, al perseguir injustificadamente a la víctima. Un policía fue despedido por manifestar su inconformidad con la manera en que se conducía el caso. En dos oportunidades el departamento de policía declinó la solicitud de ingreso de Zimmerman por tener un temperamento agresivo. El padre del acusado es juez y un tío comisario en el Departamento de Policía.

Por otra parte, entre los componentes del jurado no figuraban personas del sexo masculino, ni afronorteamericanos.

¡Cuántas contradicciones¡

Tal parece que la justicia, como la serpiente, sólo muerde a los descalzos.

* Pablo LLabre Raurell. Doctor en Derecho Universidad de La Habana. Cuba. Máster en Literatura Universidad de Salamanca. España.

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